Participaciones preferentes: “Es tu dinero y tú decides”

Información urgente para afectados por las participaciones preferentes de BANCA CÍVICA.

Si está leyendo esto, es probable que usted sea un ciudadano al que su entidad financiera, banco o caja de ahorros le haya engañado: usted compró participaciones preferentes. Y si no es así, se entretendrá al seguir leyéndolo.

En primer lugar, y si por casualidad ha leído el resto de contenidos de esta página, habrá comprobado que los profesionales que aquí tratamos estos asuntos no nos parecemos en nada al resto. Somos diferentes.

Por esa razón, lo que a continuación vamos a aconsejarle, de manera casi telegráfica, le parecerá sorprendente. Usted, por supuesto, es muy libre de consultar cualquier otro profesional y obtener información tradicional o alternativa. Este sitio web es provisional, y su brevedad obedece al escaso tiempo del que hemos dispuesto para colocarlo en la red. Digamos que estamos en casa de un amigo.

Comencemos:

1. Usted es titular de participaciones preferentes. Nadie ha conseguido explicarle hasta este momento qué demonios es eso.

Le han dicho, ahora, y no en su momento, que es un producto de alto riesgo. Que tienen poca liquidez. Y varias tonterías más. Pero ni quien se las vendió, ni los profesionales que pueda haber consultado, le han dicho qué son exactamente. Es comprensible. Además de ser un gran timo, es un asunto bastante enojoso y complicado.

Se lo vamos a traducir para que lo entienda y comprenda:

Las participaciones preferentes son participaciones. Usted tiene una parte de algo. Uno de los problemas es que no sabe de qué.

Pues de quien le ha vendido las participaciones. Usted es propietario de la entidad que se las vendió. Como si fuera un accionista. Aunque no sea exactamente así, se parece bastante. Las cajas y bancos crearon sociedades cuyo único fin era vender las acciones de esas mismas sociedades que crearon. Así que, lo primero que hay que preguntar en su sucursal es:

Exactamente, mi dinero, ¿donde está? O sea, que quién lo tiene. Que dónde ha ido a parar. Se sienta usted delante de su banquero (si es que aún puede sostenerle la mirada) y le pide que se lo explique despacito. ¿Quien tiene su dinero ahora? ¿Qué sociedad lo recibió?

“Es que me han dicho que si yo me he hecho dueño de una parte de algo, ese dinero debe estar en alguna cuenta, y ha de administrarlo alguna persona en concreto. ¿Dónde puedo contactar con ella?”

2. Ahora, quienes les vendieron las participaciones, las quieren. Y les ofrecen bonos u otras cosas que ustedes tampoco entienden en qué consisten. Y que, por supuesto, suponen para ustedes más pérdidas. Los bancos, las cajas, les llaman para ofrecerles soluciones. ¿Se han dado cuenta de que son ellos ahora los que les llaman a ustedes?

Piénselo.

  • PRIMERA RECOMENDACIÓN

No lo haga, no firme nada con su banco, caja o sucursal que suponga modificar sus contrato de preferentes. Diga que no, que le gustan sus preferentes y que se las quedan, por ahora. Conserve sus participaciones preferentes. Ya le explicaremos por qué en otro momento, pues recuerde, le hemos dicho que esto era urgente y breve.

Ahora sólo le advertimos de que lo primero que le dirá su bancario es que qué hace usted, que eso es terrible, malo, muy malo para usted. Le hablará de que perderá aún más. Usted contéstele que sí, que lo sabe. Pero que se ha enterado de que es aún más malo para él. Y que aún no le ha respondido a la pregunta de dónde está y quién tiene exactamente su dinero.

  • SEGUNDA RECOMENDACIÓN

Cojan su contrato, ése donde pone en alguna parte “DEPÓSITO Y ADMINISTRACIÓN DE VALORES”, y vayan a otro sitio, otro banco, otra caja, y pregunten si ellos pueden hacerle un contrato de administración de valores simple, sin complicaciones. Es decir, procure que sus preferentes estén en otra parte distinta, lejos de las manos de quien se las vendió. Vera como esto tampoco le gusta a su banquero cuando se lo diga.

Esto vayan preguntándolo. Por ahora, sólo que les informen en otra entidad a la que ustedes hayan ido a preguntar si quieren administrar sus preferentes. Que les den una copia del contrato de “Depósito y administración de valores”, para leerla en casa tranquilamente.

Si conseguimos organizarles, si ustedes creen en si mismos, podrán ser ustedes quienes le impongan el contrato al nuevo “administrador de valores”.

Siguiendo estas dos recomendaciones, habrá dado el primer paso para recuperar su dinero. El siguiente paso es agrupar sus participaciones para controlar a las sociedades que las emitieron y se las vendieron a ustedes. Tengan paciencia. Nosotros sabemos cómo hacerlo. Y no se lo vamos a contar ahora. No queremos que su banco se entere de lo que le podemos hacer. Se llama estrategia.

Porque. ¿a qué su banco, caja, o quien le vendiera las participaciones no le ha llamado el lunes día 14 de mayo para comunicarle una noticia importante, tal y como dice su contrato de “Depósito y administración de valores”?.

Como nosotros somos diferentes, vamos a suplir la falta de diligencia de su banco o caja, o quien sea que se los administre. No por ninguna razón altruista, sino porque nos parece importante que usted sepa que el Gobierno aprobó el viernes, con entrada en vigor el sábado, que usted no cobrará nada, aunque debiera cobrarlo, como mínimo en los próximos doce meses. Es decir, que ni le devuelven su dinero, ni le pagarán el interés prometido. ¿No se lo creen, verdad, y no le han llamado o escrito para informarles, verdad?

Observen:

Disposición adicional primera. Tratamiento excepcional de las participaciones preferentes y otros instrumentos en circulación.

Las entidades de crédito que tengan en circulación participaciones preferentes o instrumentos de deuda obligatoriamente convertibles en acciones emitidos antes de la entrada en vigor de este real decreto-ley o canjeados por los anteriores podrán incluir, en el plan al que se refiere el artículo 2 de este real decreto-ley, la solicitud de diferir por un plazo no superior a doce meses el pago de la remuneración prevista, a pesar de que, como consecuencia del saneamiento que hayan tenido que llevar a cabo según lo previsto en este real decreto-ley, no dispongan de beneficios o reservas distribuibles suficientes o exista un déficit de recursos propios en la entidad de crédito emisora o dominante.

El pago de la remuneración así diferido solamente podrá efectuarse transcurrido el plazo de diferimiento si se dispone de beneficios o reservas distribuibles suficientes y no existe un déficit de recursos propios en la entidad de crédito emisora o dominante.

Real Decreto-ley 18/2012, de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero

Esto es real.

Bueno, pues ya lo saben. Pregunten a su banquero a qué esperaban para comunicarles esto.

En los próximos días les informaremos de los pasos necesarios que deben realizar para recuperar su dinero. Y si no fuera posible, quitárselo a ellos. Legalmente, claro, y con sus mismas armas.

Y ahora, información urgente para los que tengan participaciones preferentes de BANCA CÍVICA y su junta de accionistas del día 23 de mayo si desean que le representemos en dicha junta en caso de que, además de preferentes, le hubieran vendido acciones de BANCA CÍVICA. 

  1. Tomen el formulario que le deben haber enviado a su domicilio, en el cual se indica quién es titular de las acciones, cuántas acciones tiene, su número y cmo puede usted ceder su representación.
  2. Es importante que usted rellene correctamente el apartado de DELEGACIÓN. Rellene el nº 2 con el nombre del abogado que le representará (sin coste alguno), el señor:  Juan Ignacio Moreno de Acevedo Yagüe. El DNI  lo rellenaremos nosotros.
  3. Donde pone firma del accionista, ponga su firma, y la fecha.
  4. Si usted quiere conferir instrucciones de voto, rellene el cuadro. Si no, déjelo en blanco o rellene las casillas de en contra, todas, con una x.
  5. Envíe por correo normal, en un sobre, el documento original que le ha remitido BANCA CÍVICA (los bordes son de colores), junto con una fotocopia de su DNI, para acreditar ante el notario su firma. Tras la comprobación dicha copia será destruida. Dirección:

CALLE INFANTE CARLOS DE BORBON, Nº 16,  1º – A, SEVILLA, 41004

No tarde: la junta es a las 16:30 horas del día 23. Los documentos que le mandó BANCA CÍVICA deben llegar al despacho, como muy tarde, esa misma mañana. Aún así, el día 18 se recogerán personalmente los de aquellas personas que deseen acercarse al Pasaje Villasís, en Sevilla, una de las sedes de la antigua Cajasol, a las 11 de la mañana. 

Disculpen la escasez de medios e información. Es provisional.

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